¿Cómo radicar una incapacidad en ARL SURA siendo empresa?
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Su empresa radica en el formulario de Prestaciones Económicas de ARL SURA, con la incapacidad y una carta de cobro. Lo recibido hasta el día 15 entra en la liquidación de ese mes. ARL SURA responde con una ODI, que se descuenta de los aportes, o una OPI, que se paga por transferencia o cheque.
Este resumen sale de la página de incapacidades y reembolsos, el instructivo de radicación y las preguntas frecuentes de ARL SURA. ARL SURA y EPS SURA son entidades distintas: si la incapacidad es de origen común, vea la guía de EPS SURA. No somos parte de ARL SURA. Si algo cambia, lo que manda es lo que ARL SURA publique.
Antes de radicar
- Confirme el origen. Esta guía es para accidentes de trabajo y enfermedades laborales. Nosotros solo revisamos cobros con el origen laboral ya aceptado.
- Reporte a tiempo. ARL SURA indica 2 días hábiles para informar el accidente o el diagnóstico.
- Tenga al día la autoliquidación. ARL SURA liquida con el salario base reportado. Sin esa información, dice, no puede liquidar.
- Pague al trabajador. SURA recuerda que el pago del salario no puede esperar a que se pague la incapacidad.
Cómo radicar una incapacidad en ARL SURA
- Abra el formulario. Entre a Prestaciones Económicas y elija Solicitar nuevo trámite. No nos pidió iniciar sesión.
- Elija el trámite. Radicación de incapacidades, solicitud individual o masiva, y usuario Empresas. La masiva admite hasta 50 incapacidades por carga.
- Elija el pago. Pago a la empresa, por transferencia o cheque.
- Diligencie los datos. Empresa, trabajador, entidad y médico que la emitieron, y el diagnóstico exacto del documento.
- Revise las fechas. Con la fecha de inicio y los días, el sistema calcula la fecha final. Compárela con el certificado.
- Deje correo y celular. Por ahí avisan la radicación, el cierre o cualquier inconsistencia.
- Adjunte los documentos. Deben ser legibles y sin contraseña.
- Envíe la petición. Acepte la política de datos y oprima Enviar petición. Guarde el código de radicado.
Qué documentos pide
| Caso | Documentos |
|---|---|
| Trabajador dependiente: radica la empresa | La incapacidad tal como la entregaron, una carta a Prestaciones Económicas que pida el pago con cédula, nombres y fecha de la incapacidad, y el certificado de la cuenta de la empresa. Sin cuenta, el pago va por cheque |
| Contrato terminado: radica el trabajador | La incapacidad, una carta de la empresa con la fecha de terminación y hasta cuándo le pagó la incapacidad, el formato de término de contrato y su certificado de cuenta. ARL SURA le paga al trabajador |
| Independiente: radica él mismo | La incapacidad, una carta en la que diga que es independiente y pida el pago, y su certificado de cuenta |
El formato para el contrato terminado es el de solicitud de cobro al término del contrato.
El corte del día 15
Lo que ARL SURA recibe hasta el día 15 entra en la liquidación de ese mes. Lo que recibe después pasa a la del mes siguiente. Según sus preguntas frecuentes, la orden llega por correo o correo electrónico antes del día 30 de cada mes.
ODI u OPI: qué recibe la empresa
ARL SURA no siempre consigna. Responde con una de estas dos órdenes:
| Orden | Cuándo sale | Qué pasa |
|---|---|---|
| ODI, Orden de Descuento de Incapacidades | El valor es inferior a lo que la empresa paga de cotización | La empresa lo descuenta en la autoliquidación de aportes del mes siguiente. No hay consignación |
| OPI, Orden de Pago de Incapacidades | El valor es superior a la cotización, o la empresa ya se trasladó a otra ARL | Transferencia a la cuenta informada, o cheque en el Banco de Bogotá. No se descuenta |
Tres cuidados con la ODI:
- Solo se descuenta con autorización previa de ARL SURA.
- ARL SURA recomienda no dejarlas acumular.
- En el descuento se anota el número de la ODI, por su valor exacto y una sola vez. Su guía de estado de cuenta cita esos errores como causa de diferencias.
Cuánto se demora
ARL SURA publica dos cosas en la misma página: que responde en el transcurso del mes, y que tiene 60 días calendario para reembolsar el dinero después de radicar. Planee con los 60 días.
Cómo consultar el estado y el pago
- Con el código de radicado: en el mismo formulario, elija Consultar estado de trámite.
- Con el usuario de la empresa: según su instructivo de consulta, inicie sesión en sura.co/arl y entre a Gestión de riesgos laborales, Gestión en salud, Incapacidades temporales. Puede buscar por afiliado, fecha de recepción, fecha de incapacidad o centro de trabajo. Si la incapacidad genera pago, ahí se descarga.
- Estado de cuenta integral: en Gestión administrativa, Mi empresa. Muestra las ODI y OPI junto con moras y devoluciones.
- Teléfono: 601 405 5911 en Bogotá y 01 8000 51 14 14 en el resto del país.
Cómo se liquida
ARL SURA reconoce la incapacidad desde el día siguiente al accidente o al diagnóstico (Decreto 2943 de 2013), por el 100 % del salario base (Ley 776 de 2002, art. 3). Toma el último salario base pagado a la ARL antes del inicio, y además asume la parte del empleador en pensión y salud (Ley 1562 de 2012, art. 5). Para estimar un valor, use la calculadora de incapacidades.
Hasta cuándo se puede cobrar
La Ley 1562 de 2012, art. 22 da tres años para las prestaciones de riesgos laborales, contados desde que el derecho se genera, se concreta y se determina. Una página de ARL SURA todavía dice un año, con una ley anterior, y su guía de procesos dice tres.
No encontramos desde qué fecha exacta corre el plazo para una empresa que ya le pagó al trabajador. Por eso no le damos una fecha límite: radique pronto.
Quién puede radicar
ARL SURA dice que la empresa radica por su trabajador dependiente. No encontramos nada publicado sobre empresas de recobro o poderes. Sus políticas de uso dicen que el usuario y la contraseña son personales e intransferibles.
Nosotros no actuamos como apoderados. Si nos contrata, preparamos el paquete y lo seguimos, y su empresa lo presenta. Si la respuesta es una ODI, no cobramos porcentaje: es un descuento, no dinero en su cuenta.
ARL SURA no publica ningún costo por radicar, y su empresa puede hacerlo directamente. Si prefiere que no lo prepare su equipo, la auditoría gratuita revisa cada cobro. Solo revisamos cobros con el origen laboral ya aceptado.
En ARL SURA, radique antes del día 15 y guarde el código de radicado. Revise si le llega una ODI o una OPI: la primera se descuenta de los aportes y la segunda se paga.
Fuentes
- ARL SURA, radicar incapacidades y reembolsos
- ARL SURA, formulario de prestaciones económicas
- ARL SURA, instructivo de radicación de incapacidades (septiembre de 2024)
- ARL SURA, consulta de incapacidades temporales (julio de 2025)
- ARL SURA, preguntas frecuentes
- ARL SURA, liquidación de incapacidades temporales
- ARL SURA, guía del estado de cuenta integral (febrero de 2026)
- ARL SURA, Navegue seguro, guía de procesos y servicios administrativos
- SURA, procedimiento administrativo para la gestión de incapacidades temporales (junio de 2022)
- SURA, políticas de uso y seguridad
- Ley 1562 de 2012, artículos 5 y 22
- Ley 776 de 2002, artículo 3
- Decreto 2943 de 2013, artículo 1